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22 de julio de 2025: Inicio del proceso envío del Formulario de Reclamación de Deuda a los Acreedores Preferentes
La página web oficial de la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A. ha publicado una actualización sobre el proceso de envío de los formularios previsto para el mes de julio:
"Se ha iniciado el proceso de envío del formulario pre-cumplimientado de reclamación de deuda a los acreedores preferentes.
Debido al elevado número de clientes implicados y a la complejidad del proceso, las comunicaciones se enviarán de forma progresiva a lo largo de las próximas semanas, por lo que no todos los acreedores recibirán su formulario al mismo tiempo.
El momento en que usted reciba el formulario de reclamación no tendrá ningún impacto en el importe ni en la fecha de pago de los dividendos de liquidación a los que cada acreedor preferente tenga derecho.
Se informará por este medio una vez completado el proceso, de manera que aquellos acreedores preferentes que no hayan recibido su formulario puedan ponerse en contacto con nosotros."
Información sobre el proceso de liquidación
El Tribunal de Distrito de Luxemburgo, tras la ratificación de la liquidación de FWU el 31 de enero de 2025, estableció el proceso de reclamación para los asegurados (comunicado del 05 de febrero de 2025). Puede consultarlo aquí:https://www.caa.lu/uploads/documents/files/FWU_Publication_extraits_20250205.pdf
El mismo 05 de febrero, esta misma decisión judicial nombró liquidador a Maître Yann Baden, quien consta como responsable de organizar la liquidación. Puede ver el comunicado aquí: www.caa.lu/uploads/documents/files/FWU_Elements_suite_liquidation_20250205.pdf
En relación al proceso de liquidación, la web de la CAA indica que para consultar las últimas novedades sobre el proceso, debe acudir a la siguiente página web: https://fwulifelux.com/
Para consultas y cuestiones particulares, la página web oficial de la CAA indica que puede escribir a la siguiente dirección de correo: info.es@fwulifelux.com
Preguntas y Respuestas Frecuentes
A continuación puede consultar el comunicado oficial emitido por la CAA con las preguntas frecuentes sobre el proceso de liquidación, dirigido a los clientes de FWU, que puede ser de su interés. Le invitamos a consultar este documento para clarificar posibles dudas, siendo la fuente válida y oficial del proceso.
Además, también pueden encontrar las preguntas y respuestas que están incluidas en el formulario de reclamación de deuda enviado por el liquidador Mr. Yann Baden.
El propósito de este apartado es meramente informativo, y no debe entenderse como asesoramiento jurídico de OVB.
Para más información y actualizaciones, consulte:
- Web FWU Life Lux: www.fwulifelux.com/assets/pdf/faq_es.pdf
- Web CAA (FWU): https://www.caa.lu/en/consumers/insolvency-of-fwu-life-insurance-lux-s-a
El 31 de enero de 2025, el Tribunal de Distrito de Luxemburgo ordenó la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A. («FLL», fwulifelux.com). Todos los acreedores deben presentar una reclamación a la liquidación de FLL para recibir dividendos de la liquidación (pago). Para facilitar el proceso a acreedores preferentes como usted, el Tribunal ordenó enviar un formulario pre-cumplimentado a los acreedores de seguros conocidos
De acuerdo con la información que consta en los libros de FLL usted, como Tomador o Beneficiario de una póliza de seguro, ha sido identificado como acreedor preferente. En caso de que usted no se considere acreedor, le rogamos nos lo comunique a la mayor brevedad posible enviando una notificación escrita por cualquier medio a los datos de contacto que aparecen en el pie de página o en nuestra página web.
- El tomador o beneficiario del contrato (tenga en cuenta que a partir del 31.01.2025 los contratos cesaron de tener efecto, por lo que la reclamación debe basarse en el estado de la póliza en dicha fecha).
- Los herederos o sucesores legales del tomador o beneficiario fallecido.
- Un representante legal o judicial (por ejemplo, un tutor designado por un tribunal), adjuntando una prueba del poder de representación.
Los acreedores pueden presentar sus créditos hasta el 31.01.2028. Después de esta fecha, los créditos prescriben y no se tendrá en cuenta. A medida que se reciban los créditos, el liquidador iniciará el proceso de validación de estos, que se presentarán al Tribunal de forma periódica (incluso antes de que finalice el plazo de presentación). El liquidador informará al acreedor del resultado de esta evaluación y admitirá el crédito o lo impugnará. Si el crédito se impugna parcial o totalmente, recibirá una carta certificada en la que se le explicarán los motivos y se le informará de su derecho a recurrir ante el Tribunal de Primera Instancia de Luxemburgo en un plazo de 40 días.
El liquidador se comunicará además a través de nuestra página web (fwulifelux.com). Le rogamos que la consulte con regularidad.
Tras la verificación y una vez que el liquidador y el Tribunal hayan aprobado un número relevante de créditos, el liquidador presentará una petición para iniciar el pago de dividendos parciales a cuenta al Tribunal. El liquidador espera poder iniciar estos en diferentes tramos mucho antes de que finalice el plazo de presentación de créditos. Sin embargo, no hay un calendario exacto, ya que dependerá del número de reclamaciones recibidas, de la aprobación del Tribunal y, por último, de la aprobación del dividendo provisional propuesto por parte del Tribunal.
Información sobre la carta recibida
Los datos personales del formulario están basados en la información más actualizada disponible en FLL. Si considera que alguno de los datos mostrados no es correcto, le rogamos que incluya en su respuesta los datos de contacto actualizados utilizando el formulario disponible en nuestra página web (www.fwulifelux.com). Para futuras comunicaciones, es importante que actualice estos datos de contacto.
El importe del crédito ha sido calculado por el liquidador en base a los criterios definidos en la orden judicial. Esta base es el valor de la póliza, más, en su caso, cualquier otra reserva vinculada a la póliza (por ejemplo, la reserva de bono de fidelidad). Usted puede aceptarlo o rechazado.
No, en caso de desacuerdo con el importe del crédito propuesto, le rogamos que marque la casilla correspondiente “RECHAZO” y adjunte la información solicitada: Indique los motivos de su objeción en un documento aparte con el título «Prueba de la deuda” o “Presentación de observaciones sobre el crédito», tal como exige la legislación luxemburguesa, y los documentos justificativos del importe reclamado. Esto será evaluado inicialmente por el liquidador y después por el Tribunal. Finalmente, según el procedimiento definido en la resolución judicial, recibirá el resultado de la evaluación (más información en nuestra página web www.fwulifelux.com). Si no devuelve el formulario de reclamación firmado antes del 31.01.2028, la reclamación quedará excluida del proceso de liquidación.
Incluso si no acepta el importe de la reclamación rellenado previamente, es importante que envíe una Reclamación de deuda, para que se le considere acreedor preferente y se le considere en el pago de dividendos.
Como se ha explicado anteriormente, usted ha sido identificado como acreedor preferente para el proceso de liquidación. Eso significa que los activos disponibles de FLL se utilizarán en primer lugar para reembolsar los créditos de estos acreedores. Una vez que se haya reembolsado a todos los acreedores preferentes la totalidad del importe reclamado, y sólo en ese caso, efectuaremos nuevos pagos a otros acreedores.
Detalles del pago
Para limitar el número de solicitudes de información por separado, le rogamos que nos facilite también los datos de su cuenta bancaria. Por favor, incluya también en la respuesta el Certificado de Titularidad bancaria. Es importante para garantizar el cumplimiento de nuestras obligaciones de pago y de los requisitos legales correspondientes. Lamentablemente, estos requerimientos bloquean la posibilidad de utilizar la cuenta bancaria registrada en los sistemas de información de FLL anteriormente.
No, puede indicar cualquier cuenta bancaria de cualquier Estado miembro de la UE siempre que usted sea el titular.
Es un documento que puede facilitarle su banco. Además, suele ser fácil descargarlo del portal de clientes del banco. Si tiene problemas para obtenerlo, le rogamos que se ponga en contacto con su banco. Tenga en cuenta que no efectuaremos pagos a una cuenta de la que usted no sea titular, aunque sea apoderado.
Los dividendos deben pagarse al acreedor identificado. El liquidador puede aceptar pagos a una cuenta de terceros para una categoría distinta de acreedores. Cuando lo haga, se hará una comunicación oficial a tal efecto.
Información adicional a la solicitud
Para poder evaluar correctamente su solicitud, necesitamos recibir al menos los siguientes documentos: un formulario de Reclamación de Deuda firmado (el formulario pre-cumplimentado facilitado o cualquier otro que cumpla los requisitos para ser considerado «reclamación de Deuda”), copia del DNI en vigor (por ambas caras) o pasaporte y Certificado de Titularidad de la cuenta bancaria.
IMPORTANTE: el formulario de debe estar fechado y firmado.
Lamentablemente, no podremos aceptar automáticamente su reclamación. Aun así, puede y debe proporcionarnos toda la información que, desde su punto de vista, puede cualificarle como acreedor de FLL. Evaluaremos la situación de manera individual.
Si utiliza canales digitales, aceptaremos cualquier tipo razonable de archivo y haremos todo lo posible para evaluarlo. Si es posible, le recomendamos que escanee el documento y nos facilite una versión en pdf. No obstante, también aceptaremos los tipos de archivo más comunes (como jpg, jpeg, etc.). Si utiliza papel, puede enviar los documentos en blanco y negro o en color. En ambos casos, asegúrese de que el archivo pueda ser evaluado por nosotros garantizando una calidad razonable.
Según la legislación luxemburguesa, puede aportar la información de su reclamación en cualquier lengua oficial de un Estado Miembro, el de la residencia habitual, domicilio o sede social de dicho acreedor. Sin embargo, es importante que la información adicional o la reclamación lleven el título en una de las lenguas oficiales de Luxemburgo (francés, alemán o luxemburgués). Para su comodidad, le adjuntamos la traducción de este encabezamiento en estos idiomas: Déclaration de créance ou Présentation d’observations relatives aux créances / Forderungsanmeldung oder Einreichung von Bemerkungen zu Forderungen / Fuederungsmeldung oder Bemierkungen zur Fuederung. Según la legislación luxemburguesa, puede aportar la información de su reclamación en cualquier lengua oficial de un Estado Miembro, el de la residencia habitual, domicilio o sede social de dicho acreedor. Sin embargo, es importante que la información adicional o la reclamación lleven el título en una de las lenguas oficiales de Luxemburgo (francés, alemán o luxemburgués). Para su comodidad, le adjuntamos la traducción de este encabezamiento en estos idiomas: Déclaration de créance ou Présentation d’observations relatives aux créances / Forderungsanmeldung oder Einreichung von Bemerkungen zu Forderungen / Fuederungsmeldung oder Bemierkungen zur Fuederung.
Procedimiento de confirmación y envío
Sí, siempre que se trate de una Firma Digital Reconocida (por ejemplo, mediante Certificado Digital de la FNMT). También se acepta Firma Digital Avanzada y la Firma Digital Simple, pero en este caso, como medida de seguridad adicional, el correo electrónico utilizado por usted tendrá que coincidir con el registrado en nuestros sistemas. Si esto no es posible, por favor considere otros métodos o actualice sus datos de contacto a través del formulario disponible en nuestra página web (www.fwulifelux.com). Si desea saber el tipo de Firma Digital que utiliza, consulte la plataforma o software usada, donde se lo indicará (ej. Adobe Acrobat, DocuSign, FNMT, Cl@ve, etc.). Tenga en cuenta que, si utiliza firma digital no podrá imprimir el documento y enviárnoslo por correo postal. Considere a firma digital sólo si envía los documentos por correo electrónico.
Por supuesto que puede hacerlo, sólo tiene que imprimir el formulario, firmarlo en papel y escanearlo o hacerle una foto. Por favor, asegúrese de que tiene la calidad adecuada para que podamos comprobarlo.
Para agilizar el proceso, le recomendamos que utilice el canal digital (email indicado en el formulario de solicitud). Consulte las preguntas anteriores sobre el uso de la firma digital, especialmente si no utiliza una firma digital reconocida o si opta por la firma manual en papel. Si desea utilizar el servicio postal, envíelo a nuestra sede en Luxemburgo. Encontrará la dirección en el formulario o en nuestra página web. Lamentablemente, no podemos asegurar la recepción si la envía a cualquier otra oficina.
No, no exigimos que las cartas se envíen por correo certificado. Por supuesto, puede utilizarlo si lo considera oportuno. En cualquier caso, le confirmaremos la recepción de la reclamación una vez tramitada.
Advertencia de la CAA
La CAA (Commissariat Aux Assurances) emitió un comunicado oficial con una advertencia importante. Le rogamos que lean detenidamente este comunicado:
“El Commissariat aux Assurances (en lo sucesivo, la «CAA») advierte de la posibilidad de que personas físicas o jurídicas se pongan en contacto con los asegurados, y en su caso con sus beneficiarios, en el marco de la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A. para ofrecerles sus servicios. La CAA recomienda a todas las personas susceptibles de ser contactadas que actúen con la máxima precaución.Es importante verificar que las personas que se ponen en contacto con ellas están debidamente autorizadas y les ofrecen servicios que son convenientes para sus intereses.
Cronología de los hechos
28.08.2025 - Publicación de documento de Preguntas Frecuentes por parte de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
22.07.2025 - Inicio del proceso envío del Formulario de Reclamación de Deuda a los Acreedores Preferentes: Link
11.06.2025 - Aviso a los clientes de FWU Life Insurance Lux S.A. en Francia, Alemania y Austria
16.04.2025 - Actualización de Datos de contacto para el Liquidador (Yann Baden): Link
17.03.2025 - Advertencia en relación con la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
21.02.2025 - Preguntas frecuentes sobre la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
05.02.2025 - Primeras aclaraciones tras la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
05.02.2025 - Extractos de la resolución judicial relativa a la liquidación de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
03.02.2025 - Liquidación y disolución de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
31.01.2025 - Bloqueo del acceso al sistema informático de la compañía de seguros: Link
27.01.2025 - Suspensión del cobro de las primas de seguro: Link
22.01.2025 - Fracaso del plan de recuperación: Link
06.12.2024 - Apertura del procedimiento de insolvencia contra FWU AG: Link
30.10.2024 - Aplicación del plan de financiación a corto plazo: Link
04.09.2024 - Preguntas frecuentes: Link
04.09.2024 - Levantamiento de la suspensión temporal del Fondo de Protección FWU SICAV: Link
20.08.2024 - Antecedentes e información de interés sobre FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
02.08.2024 - Suspensión del pago de FWU Life Insurance Lux S.A.: Link
19.07.2024 - Suspensión temporal del Fondo de Protección FWU SICAV:Link
19.07.2024 - Declaración de Insolvencia de FWU Life Insurance Lux S.A.:Link