Procedimiento a seguir en caso de ocurrencia del siniestro. Esquema habitual
- Comunicación del siniestro a la Aseguradora, y apertura de expediente con asignación de una referencia que lo identifica. Se deberá realizar en el plazo de 7 días salvo que en la póliza se haya establecido un plazo más amplio.
- Análisis por el asegurador de las garantías y las coberturas contratadas,
- Resolución del expediente: Pago (total o parcial), reparación, o rehúse.
Información que debe ofrecerse para una gestión eficaz del siniestro
- Siempre se aportará la versión de los hechos y explicación detallada de lo ocurrido
- Documentación según tipología:
- Daños materiales: se conservarán los restos del bien dañado. Si no es posible; se aportarán fotografías, videos o cualquier documento gráfico que pruebe su existencia y su estado, para que pueda peritarse.
- Responsabilidad civil: La reclamación del perjudicado, y cualquier documentación que permita analizar la responsabilidad del asegurado
- Personales: informes médicos, o cualquier otro documento acreditativo de la situación personal (fallecimiento, lesiones, enfermedad)
- Designar una persona de contacto, y una vía de comunicación efectiva para que la Compañía pueda trasladar las informaciones o requerimientos que se deriven de la gestión del siniestro.
Información que debe ofrecerle la compañía aseguradora
- Estado de la tramitación, y de los siguientes pasos a seguir.
- Si procede pago: Pueden solicitar la firma de un finiquito, y un documento donde aparezca el asegurado como titular y el n.º de cuenta bancaria.
- Si se rehúsa, los motivos del rehúse y donde plantear una reclamación si así lo desea hacer.